lunes, 29 de diciembre de 2008
A PROPÓSITO DE LA BIBLIA: Oblación de Celos
Yahvéh habló a Moisés y le dijo: Habla a los hijos de Israel. Diles:
Cualquier hombre cuya mujer se haya desviado y le haya engañado: ha dormido un hombre con ella con relación carnal a ocultas del marido; ella se ha manchado en secreto, no hay ningún testigo, no ha sido sorprendida; si el marido es atacado de celos y recela de su mujer, que efectivamente se ha manchado; o bien le atacan los celos y se siente celoso de su mujer, aunque ella no se haya manchado; ese hombre llevará a su mujer ante el sacerdote y presentará por ella la ofrenda correspondiente: una décima de medida de harina de cebada. No derramará aceite sobre la ofrenda, ni le pondrá incienso, pues es "oblación de celos", oblación conmemorativa para recordar una falta.
El sacerdote presentará a la mujer y la pondrá delante de Yahvéh. Tomará luego agua viva en un vaso de barro y, cogiendo polvo del pavimento de la Morada, lo esparcirá sobre el agua. Pondrá el sacerdote a la mujer delante de Yahvéh, le descubrirá la cabeza y pondrá en sus manos la oblación conmemorativa, o sea la "oblación de celos". El sacerdote tendrá en sus manos las aguas amargas y funestas.
Entonces, el sacerdote conjurará a la mujer y le dirá: "si no te has desviado ni manchado desde que estás bajo la potestad de tu marido, sé inmune a estas aguas amargas y funestas. Pero si, estando bajo la potestad de tu marido, te has desviado y te has manchado, durmiendo con un hombre distinto de tu marido que Yahvéh te ponga como maldición y execración en medio de tu pueblo, que haga languidecer tus caderas e infle tu vientre. Que entren estas aguas de la amargura en tus entrañas, para que inflen tu vientre y hagan languidecer tus caderas". Y la mujer responderá: ¡Amén, amén!
Después el sacerdote escribirá en una hoja estas imprecaciones y las borrará con las aguas amargas. Hará beber a la mujer las aguas amargas y funestas, y las aguas funestas entrarán en ella para hacérsele amargas.
el sacerdote tomará entonces de la mano de la mujer la oblación de los celos, mecerá la oblación delante de Yahvéh y la presentará en el altar. El sacerdote tomará de la oblación el puñado de su memorial y lo quemará sobre el altar. Cuando le haga beber de las aguas, si la mujer está manchada y de hecho ha engañado a su marido, cuando entren en ella las aguas funestas, le serán amargas: se inflará su vientre, languidecerán sus caderas y será mujer maldita en medio de su pueblo. Pero si la mujer no se ha manchado, sino que es pura, estará exenta de toda culpa y tendrá hijos.
Este es el rito de los celos, para cuando una mujer, después de estar bajo la potestad de su marido, se haya desviado y manchado; o para cuando un hombre atacado de celos, recele de su mujer en presencia de Yahvéh y el sacerdote realiza con ella todo este rito. el marido estará exento de culpa, y la mujer cargará con la suya.
Nos encontramos ante un documento perteneciente a la Sagrada Escritura (Num. 5, 11) –Leyes diversas-; “Oblación de los celos”. En Real Academia de la Lengua Española, oblación es una ofrenda o sacrificio a Dios, por lo tanto a la hora de leer el texto e interpretar, lo primero que hemos de tener en cuenta es que se trata de una ofrenda a la deidad. Esto desde un punto de vista general, el caso concreto respondería a un caso de ordalía (según la RAE) “prueba ritual usada en la antigüedad para establecer la certeza, principalmente con fines jurídicos, y una de cuyas formas es el juicio de Dios”. Por consiguiente cuando analicemos el contexto y características del texto hemos de tener en cuenta que todo se hace en función de la divinidad y de la importancia de esta en todo el mundo antiguo.
Las leyes redactadas son de tradición sacerdotal, se trata de una especie de adiciones según el espíritu de pureza que encontramos en Levítico (11-16), más concretamente relacionado con el capítulo 15 versículo 16, que trata sobre la impureza de la mujer. El juicio u ordalía se practicó durante toda la antigüedad llegando hasta la Edad Media cuando no había pruebas. Las formas de apelación eran múltiples, hititas y babilonios lo hacían por el agua, pero también habían otras como fuego, veneno (poco común en Europa –falta de tóxico-), combates (ésta sobre todo de tradición medieval), entre otras. La ley israelita limita su uso al caso presente superponiendo un ritual Yahvista a una antigua tradición.
En el texto se plantea lo siguiente:
Cualquier mujer que hubiera mantenido algún tipo de relación carnal con otro hombre que no fuera su marido, o si al marido le entra el espíritu de los celos, -muy importante- y no hubiera testigos ni pruebas –en el caso de existir estos no habría duda en cuanto a la resolución-, al no tenerlas es “Dios” quien muestra la realidad a través del juicio divino. Se presenta ante el Dios, y por medio del mencionado juicio –aquí es donde entra la variedad, en función del lugar y la época- verificará que es lo justo. En este caso es el rito del agua viva –sobre esto puede haber dudas por si se trata de veneno, algún tipo de laxante, etc.-. Finalmente si el juicio reconoce a la mujer como culpable, el hombre estará exento de culpa y la mujer pagará por lo hecho. Si no lo es ambos quedaran exentos de culpabilidad.
Hay varios aspectos que resaltar; en primer lugar el beneficio clerical, dice que se prestará por ella la ofrenda correspondiente: una décima de medida de harina de cebada. Este es el precio que se ha de pagar para que Dios tome decisión a través de su juicio. La cuestión del agua también es importante, en numerosas ordalías no hay escapatoria, por ejemplo hay una, para la identificación de una bruja en la que se arroja a esta por un precipicio, si es bruja volará y habrá de ser quemada, sin embargo si no lo es se estampará, morirá e irá al cielo; hay otra –más de tipo medieval (iudicium aquae caldae)- en la que se introducen unas piedras en agua hirviendo, el sujeto las coge, se le vendan los brazos y si a los tres días no lleva las quemaduras es inocente; también se conoce la del pan y queso (envenenados) donde si el acusado es inocente un ángel le estrangulará el cuello y le salvará de ingerir el alimento empozoñado; entre otros muchos casos tan simples como arrojar al sujeto al río y si se salva será inocente. Como vemos las salidas hacia la inocencia son un tanto difíciles, sobre todo responden a una mentalidad en las ya mencionadas coordenadas espacio-cronológicas, y a la creencia en el milagro, que un individuo se salve de las quemaduras, del río, del agua viva, o de cualquier otra prueba no apta para mortales es un milagro, y en la mentalidad antigua (incluso medieval y moderna) el milagro es producto de la divinidad, por esta razón indicábamos la importancia de la causa etérea. En el caso del agua viva, sea cual fuere la interpretación a cerca del agua santa, es posible que en la totalidad de los casos la resolución fuere negativa para la acusada.
No obstante estas cuestiones no son lo más importante, ya que aún la inmensa mayoría de estos sucesos acababan con la mujer muerta y el marido libre de pena. Quizá lo más sustancial es la intencionalidad del hecho en sí. Se trata de un intento de control familiar, a través de la autoridad sacerdotal se acomete una especie de inspección de los asuntos familiares e íntimos. Es, por decirlo de otra guisa, el control divino de los asuntos morales de los individuos. También existe la posibilidad del pensamiento a cerca del aviso celeste, ¿o que si no puede ser la sensación que sufre un individuo y que hoy conocemos como celos? (hoy podemos visualizar el sentimiento de los celos como algo interno, que brota de nuestra mente, probablemente se viera como un aviso que está enviando Dios), ¿qué mejor que sea Dios, el que todo lo sabe y todo lo ve –y que además avisa al individuo de la infidelidad por medio de los celos- el que arbitre sobre la situación?. Porque aunque ahora se pueda ver una aberración ese procedimiento, en su momento y teniendo en cuenta que todo se fundamenta por Dios no lo era. Así vemos nuevamente la importancia de la Biblia en el mundo antiguo y a posteriori en los pensamientos del mundo cristiano.
Desde un punto de vista de la historia de la mujer, -y vistos cuasi con unos ojos feministas y digo cuasi porque sería difícil pensar en la libertad de la mujer a nivel general respecto al hombre, en este momento- nos encontramos ante otro paso a cerca de la evolución hacia la libertad de ésta. Bien es sabido que a lo largo de la historia (concibiendo periodos históricos que van desde la antigüedad hasta nuestros días) y en determinados contextos la mujer ha estado supeditada por el hombre. Desde este punto de vista se puede tomar la oblación de los celos como un paso de la esclavitud de la mujer sobre el hombre (como se percibe en el sexto y noveno mandamiento) hacia la libertad, o si no como se interpreta en el texto la posibilidad de que pueda negarse la mujer a mantener relaciones con su cónyuge. Aún así no podemos abarcar el problema desde un punto de vista feminista dada la situación mental en esa época histórica donde está más que reconocida la sumisión de ésta por parte de su marido, por consiguiente el aspecto más a destacar es la intervención de la ley divina, a través de la moral religiosa en estas cuestiones.
Es importante ser realista y considerar que pocos son los casos que se deberían dar con tales situaciones, probablemente en la mayoría acabaría la mujer hecha pedazos a manos del marido, pero lo que es evidente es la constatación de quien escribe el texto, para quienes los escribe y sobre todo con qué intencionalidad lo hace, siempre y cuando no se trate de una interpolación histórica, aunque en este caso también sería novedosa la clave que hemos resaltado, por la distancia del tiempo en que se encuentra.
Aquí vemos un claro ejemplo de como sustraer algo de información sobre fuentes históricas de más o menos relevancia...
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1 comentario:
Gracias por la información.
Menos mal que ahora no es tan asi el tema.
¡Saludos!
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